POR NO DARLE UN DÍA DE LUTO

¿Pueden despedirte por llamar "hijo de puta" a tu jefe en Facebook?

Un trabajador publicó un mensaje en el que criticaba a la empresa en la que trabajaba y a sus compañeros tras no conseguir un día de luto por la pérdida de un familiar. Este mensaje provocó que la empresa lo despidiera y ahora el Tribunal Supremo le da la razón al empleado y considera que la sanción "no estuvo ajustado a proporcionalidad".

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Facebook // Agencias

Europa FM

Madrid 29/05/2017 17:52

El pasado sábado 5 de diciembre de 2015 fue cuando el hombre criticó a su empresa, a sus compañeros por no cambiarle el turno y a sus jefes a través de Facebook. El hombre estaba enfadado porque no le habían concedido un día de luto por la pérdida de un familiar.

"No se cómo puede haber tanta gente mala, egoísta, sin corazón en situaciones dolorosas. Yo tengo que reconocer que no soy perfecto, tampoco lo quiero ser, pero si un compañero o un amigo necesita mi mano en sus peores momentos YOO SE LA DOY", escribió literalmente en su muro, tal y como recoge la sentencia.

El hombre continuó su mensaje: "Gracias a compañeros como los que yo tengo y GRACIAS a la empresa A.G. Siderúrgica Balboa por este detalle de no poner un sustituto cuando un familiar acaba de fallecer. Está claro que hay que cumplir en el trabajo, pero hay que ser compañeros y apoyarnos y no apuñalarnos como se suele hacer y si no hay compañerismo que la empresa tome medidas como las toma para llenarse los bolsillos. De nuevo quiero dar las gracias a esta empresa mundial que tiene una dirección que sólo vale para dar los buenos días y depende cómo los pille". Su denuncia terminaba así: "Esta vida se vive sólo una vez y hay que ser humildes y no ser un HIJO DE PUTAAA".

El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura considera que llamar "hijo de puta" a un jefe no es motivo de despido si se hace a través de Facebook, por lo que el Tribunal desestimó el pasado mes de marzo el castigo impuesto por la empresa siderúrgica en la que trabajaba, declarando improcedente el despido a causa del mensaje escrito en su red social.

La Sala de lo Social le da la razón a él: el posterior despido motivado por su actitud fue una sanción "no ajustada a proporcionalidad" y considera que su reacción se desencadenó "en un momento de vulnerabilidad".

El Tribunal defiende al trabajador considerando que "el texto insertado en Facebook no identifica a quién va dirigida" y la última frase es la "única que en principio pudiera considerarse insultante y ofensiva, tal y como mantiene el recurrido, pues el resto no pasa de los límites constitucionales del ejercicio del derecho a la libertad de expresión".

La sentencia considera esa expresión "de uso corriente ante una situación frustrante". Para el tribunal, el texto es un "desahogo" por no haberle concedido un día de permiso. Además, lo escribió desde su casa, no en la empresa, y a un público reducido: sus contactos de Facebook.