CORONAVIRUS | PRECAUCIÓN

Sanciones por incumplir el estado de alarma por el coronavirus: Desde multas de hasta 30.000 euros a 1 año de cárcel

Todas aquellas personas que incumplan las restricciones fijadas por el estado de alarma para frenar la crisis del coronavirus podrán ser sancionados desde multas de 100 a 30.000 euros, hasta un año de cárcel, en el que caso de que "desobedezcan gravemente o se resistan a las autoridades".

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LaSexta Noticias Fin de Semana (15-03-20) Prisión de tres meses a un año o multas de hasta 30.000 euros: las sanciones para quienes no cumplan con las restricciones por el coronavirus
LaSexta Noticias Fin de Semana (15-03-20) Prisión de tres meses a un año o multas de hasta 30.000 euros: las sanciones para quienes no cumplan con las restricciones por el coronavirus // atresplayer.com

Europa FM

Barcelona 16/03/2020 10:46

A raíz del real decreto que el Gobierno aprobó este sábado en un Consejo de Ministros extraordinario, se aplicarán cuatro preceptos legales ante las posibles situaciones que se registren por incumplimiento del estado de alarma por parte de los ciudadanos.

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- Estos preceptos remiten a la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como "ley mordaza", con sanciones de carácter leve con multa de 100 a 600 euros para aquellos que retiren “vallas, encintados u otros elementos fijos o móviles colocados por las fuerzas y cuerpos de seguridad para delimitar perímetros de seguridad"

Estas sanciones podrían ascender hasta los 30.000 euros si la persona desobedeciera gravemente o presentase resistencia a los agentes, así como si se negase a identificarse a requerimiento o proporcionase datos falsos o inexactos.

- Ley de 2011 sobre salud pública. Multas desde los 3.001 euros a los 60.000 a aquellos que realizaran “conductas u omisiones que puedan producir un riesgo o un daño grave para la salud de la población” y pueden elevarse hasta los 600.000 euros si estas conductas se producen de forma reiterada.

- Ley de 2015 del Sistema Nacional de Protección Civil. Multas de 1.501 euros a 30.000 euros a las infracciones consideradas graves por “el incumplimiento de las órdenes, prohibiciones, instrucciones o requerimientos”. También se aplica a aquellas personas que se nieguen a colaborar con “los servicios de vigilancia y protección de las empresas públicas o privadas”.

Estas multas podrían elevarse a los 600.000 euros si este comportamiento se considera "peligroso o trascendente para las personas o los bienes".

- Artículo 556 del Código Penal. Entre 3 meses y un año de cárcel a aquellas personas que desobedezcan gravemente a agentes de la autoridad.

ESTAS MEDIDAS APLICADAS AL ESTADO DE ALARMA POR LA CRISIS DEL CORONAVIRUS

No obstante, se ha asegurado que estas medidas se aplicarán "proporcionadamente", ya que el estado de alarma no se decreta por temas de inseguridad, sino por motivos de salud por el coronavirus.

Es decir, se aplicará en aquellos casos en que la persona se resista a obedecer a los agentes. Por ejemplo, si los agentes paran a una persona que está corriendo por la calle, le indican que se vaya a casa y ésta obedece, no se aplicará ninguna sanción. Se hará en caso de que esta persona se niegue a hacerlo.

En todos los casos los policías deberán remitir a las subdelegaciones del Gobierno un informe de lo ocurrido, y si es posible acompañado de un reportaje fotográfico de los hechos.