MASCARILLA OBLIGATORIA

Los viajeros internacionales que lleguen a España tendrán que guardar una cuarentena obligatoria de 14 días

Las personas que entren en España desde un país extranjero a partir de este viernes deberán guardar una cuarentena obligatoria y solo podrán salir para comprar comida, fármacos o desplazarse a centros sanitarios. Además, deberán utilizar la mascarilla.

Pasajeros con mascarilla a su llegada al Aeropuerto de Barajas (Archivo)
Pasajeros con mascarilla a su llegada al Aeropuerto de Barajas (Archivo) // EFE

Europa FM

EFE

Madrid 12/05/2020 18:43

Las personas procedentes de otros países deberán someterse obligatoriamente a una cuarentena de 14 días a su llegada a España a partir del próximo viernes, 15 de mayo, y mientras continúen las medidas excepcionales impuestas por el Gobierno para frenar la pandemia de coronavirus.

Así lo establece una nueva orden del Ministerio de Sanidad, hecha pública este martes, que fija las condiciones de cuarentena a las que deberán someterse los viajeros internacionales, una medida que ya se ha aplicado a las autorizaciones excepcionales otorgadas para las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia.

DESPLAZAMIENTOS LIMITADOS

A su llegada a España, los viajeros estarán obligados a guardar cuarentena durante 14 días en su domicilio o alojamiento y deberán limitar sus desplazamientos a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y a los que obedezcan a causas de fuerza mayor.

Todos los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarilla y deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el coronarivus, en especial en lo que se refiere a contacto con quienes convivan.

SI TIENEN SÍNTOMAS DEBEN AVISAR A LAS AUTORIDADES

Las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento, pero si tienen síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas sospechosos de COVID-19 deberán llamar a los servicios sanitarios e indicar que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero.

De estas medidas quedan exceptuados los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de coronavirus.

Las agencias de viaje, los tour operadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español.

En el caso de aeronaves las compañías deberán facilitar un formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), que deberá ser entregado por el viajero a la llegada a España.

CONTROLES EN LAS FRONTERAS INTERIORES AÉREAS Y MARÍTIMA

Como parte del desconfinamiento progresivo del país, el Gobierno español restablecerá también desde el viernes 15 y hasta el 24 de mayo los controles en las fronteras interiores aéreas y marítima y solo se permitirá la entrada a españoles, residentes en España, trabajadores transfronterizos, diplomáticos y a quienes acrediten causas de fuerza mayor.

Estas medidas no son aplicables al transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de los buques, para asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial.