RECHAZA EL CONFINAMIENTO DECRETADO POR LA GENERALITAT

La jueza impide el confinamiento decretado en Lleida pero Torra "no lo acepta" y asumirá "las consecuencias"

La jueza rechaza ratificar el endurecimiento del confinamiento en el Segrià al concluir que la Generalitat pretende "eludir" de forma ilimitada en el tiempo la aplicación parcial del estado de alarma, que es una competencia estatal para la que debería pedir permiso al Gobierno y lo considera una medida "indiscriminada" y "desproporcionada". Sin embargo Quim Torra asegura ahora que "no acepta" la resolución de la jueza y que asumirá "las consecuencias".

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La justicia tumba el confinamiento por los rebrotes de coronavirus anunciado por el Govern en Lleida
La justicia tumba el confinamiento por los rebrotes de coronavirus anunciado por el Govern en Lleida // Efe

EFE

Europa FM

Madrid 13/07/2020 11:38

La titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Lleida acordaba este rechazo al confinamiento en un auto -que se puede recurrir ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)- y en el que también advierte de que la Generalitat se basó en un informe con "expresiones genéricas" para solicitar la autorización judicial de una medida que ve "indiscriminada" y "desproporcionada".

Según la juez, la resolución aprobada este domingo por la Generalitat "parece una copia" del Decreto de estado de alarma de marzo pasado, aunque de forma ilimitada en el tiempo, lo que "agrava todavía más" su contenido y consecuencias, con la que entiende que el Govern busca "eludir" la aplicación de este precepto constitucional, que es "una competencia estatal" que se ejerce con la garantía de la intervención del Congreso de los Diputados.

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La juez, que estima la petición de la Fiscalía y asume sus argumentos para no autorizar la medida planteada por el Ejecutivo catalán, recuerda que "en todo caso" el presidente de la Generalitat, Quim Torra, de acuerdo con la Ley Orgánica de 1981 que regula los estados de alarma, excepción y sitio, "podrá solicitar del Gobierno la declaración de Estado de Alarma".

Según la juez, sin pedir al Gobierno el estado de alarma, la Generalitat podría, en aplicación de la Ley de Salud Pública, impulsar otras actuaciones como la "individualización del confinamiento domiciliario respecto las personas detectadas y una recomendación de un confinamiento en virtud de la competencia que le otorga la ley de protección civil de Cataluña".

TORRA "NO LO ACEPTA" Y ASUMIRÁ "LAS CONSECUENCIAS"

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Sin embargo, el presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha asegurado tras la reunión convocada esta mañana, que "no acepta" la decisión judicial de la magistrada que ha rechazado el confinamiento parcial en el Segrià (Lleida) y ha indicado que asumirá las "consecuencias que se deriven de no poner en peligro la salud de las personas".

"No aceptamos esta decisión judicial y el Govern toma la iniciativa con la convocatoria de un Consell Executiu que aprobará un plan de rebrotes para actuar con toda la contundencia que sea necesaria, en todos los rincones del país, en función de las situación epidemiológica", ha afirmado Torra en una comparecencia de urgencia junto con el vicepresidente del Govern, Pere Aragonès.

La juez recuerda que cuando la Generalitat pidió la semana pasada su autorización para el "cordón sanitario" mediante el cierre del perímetro del Segrià, su ratificación fue "asumible" pero lo que ahora le ha planteado el Ejecutivo de Torra para endurecer el confinamiento "excede ampliamente de una simple limitación de movimientos e incide gravemente en los derechos reconocidos constitucionalmente".

Unas 300 personas se concentran en Lleida contra el confinamiento anunciado
Unas 300 personas se concentran en Lleida contra el confinamiento anunciado // Europa Press

MEDIDAS PARA EL CONFINAMIENTO PARCIAL

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Según la juez, las medidas acordadas este domingo por la Generalitat para intentar atajar el repunte de coronavirus en el Segrià plantea "ni más ni menos" el confinamiento de toda la población de Lleida, Alcarràs, Aitona, La Granja d'Escarp, Massalcoreig, Seròs, Soses, Torres de Segre y las entidades municipales descentralizadas de Sucs y Raimat, donde sus vecinos solo podrán salir de casa por motivos muy limitados, como para trabajar en determinados sectores de actividad.

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Para la juez, "solo con pleno respeto a las leyes orgánicas", en este caso mediante el estado de alarma, podrán limitarse derechos constitucionales como los que cree que quedarían afectados con la resolución de la Generalitat.

"Es público y notorio la elevada capacidad de expansión de la enfermedad y la existencia de un riego inminente y extraordinario para la salud pública que exige adoptar medidas que impidan una propagación de la enfermedad", reconoce la juez, que, no obstante, ve "desproporcionada" la resolución de la Generalitat.

Y ello es así, expone la magistrada, porque la "gravísima medida limitativa y restrictiva de derechos" que ha adoptado la Generalitat "debe basarse precisamente en la existencia de una grave y muy importante transmisión comunitaria del virus".

En este caso, lamenta la juez, el riesgo de transmisión aparece "de pasada" en el informe remitido por la Generalitat para obtener el aval judicial a su resolución, en que se limita a señalar que la transmisión existe y puede ser importante.

"No nos aportan ningún dato más, ni porqué es importante, si la importancia es extrema y grave, o en base a qué datos se puede determinar la existencia de esta peligrosa transmisión comunitaria, en definitiva, no existe motivación en datos ni en fundamentos para establecer esta afirmación", apunta la juez.

Un vecino cruza la calle en una avenida prácticamente vacía en Lleida
Un vecino cruza la calle en una avenida prácticamente vacía en Lleida // EFE

Por este motivo, la magistrada concluye que las medidas pretendidas por el Ejecutivo de Torra "no sólo no son proporcionales sino que se basan en datos y expresiones genéricas que hacen que una medida tan gravosa y restrictiva resulte indiscriminada a la par que desproporcionada".

La juez reconoce que la Ley de 1986 sobre Medidas Especiales en Materia de Salud Pública "es muy ambigua" cuando afirma que las administraciones podrán adoptar las "medidas oportunas" para el control de los enfermos, sus contactos, el medioambiente inmediato y "las que se consideren necesario en caso de riesgo de carácter transmisible".

No obstante, puntualiza que "entender que ese precepto permite unas medidas de tanta gravedad y de tantas consecuencias de todo tipo, pero especialmente sociales y económicas como las que se pide ratificar, es inaceptable, especialmente porque precisamente el Estado tiene en sus manos los mecanismos legales oportunos para paliar sus efectos en caso de adoptarse ese tipo de medidas".